Son funciones de la Sección de Bancos: a). Elaborar proyectos a la expedición de certificados de la Ley 133 de 1948 y del Código de Procedimiento Civil; b). Elaborar proyectos de resoluciones sobre los horarios de las oficinas bancarias en el país; c). Adelantar investigaciones especiales en los bancos, necesarias para la expedición de los certificados de la Ley 133 de 1948; d). Coordinar con la División de Bancos y de Inspección, las visita generales y especiales que deben adelantarse en las distintas oficinas de los bancos; y e). Las demás que le asigne el Jefe de la División. DIVISION DE CORPORACIONES
Decreto 125 de 1976 →In force
Article 60
Decreto 125 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.