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Article 30

Funciones De La Dirección De Ambiente Y Desarrollo Sostenible

Decreto 2189 de 2017 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

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01

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Funciones de la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Son funciones de la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las siguientes

1.

Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones del De­partamento Nacional de Planeación relacionadas con la gestión ambiental, del riesgo de desastres y de cambio climático en coordinación con las Direcciones del Departamento y los organismos y entidades competentes.

2.

Orientar, coordinar, participar y promover la formulación de políticas, planes, programas y proyectos en los temas referentes a la gestión ambiental, del riesgo de desastres y de cambio climático en coordinación con los organismos y entida­des competentes.

3.

Orientar y promover el seguimiento y/o evaluación de las políticas, planes, pro­gramas, relacionados con los temas de gestión ambiental, del riesgo de desastres y de cambio climático, en coordinación con la Dirección de Seguimiento y Eva­luación de Políticas Públicas y con los organismos y entidades competentes.

4.

Orientar, promover, coordinar y hacer seguimiento a los estudios, metodologías, indicadores, análisis y diagnósticos en temas de gestión ambiental, del riesgo de desastres y de cambio climático.

5.

Promover la incorporación de criterios ambientales, de riesgo de desastres y cam­bio climático, formulados por las entidades competentes, en la planificación y toma de decisiones de política sectorial, y planes, programas y proyectos, por parte de entidades del orden nacional y de las dependencias técnicas del Departa­mento.

6.

Promover la incorporación de criterios ambientales, de riesgo de desastres y cambio climático en las políticas, planes, programas y proyectos con énfasis en convergencia regional, ordenamiento territorial y articulación entre niveles de gobierno, en coordinación con la Subdirección Territorial y de Inversión Pública y con los organismos y entidades competentes.

7.

Participar en coordinación con la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas en la programación y seguimiento del presupuesto de inversión de la Nación de las entidades públicas en los sectores de su competencia.

8.

Asesorar a las entidades del orden nacional en sus labores de asistencia técnica a las entidades territoriales, en los temas referentes a la gestión ambiental, del ries­go de desastres y de cambio climático en el marco de los lineamientos que para el efecto hayan emitido las entidades competentes.

9.

Asesorar y participar en la formulación del marco normativo y regulatorio en lo relativo a la gestión ambiental, de riesgo de desastres y cambio climático en coordinación con los organismos y entidades competentes.

10.

Promover y orientar mecanismos para mejorar la sostenibilidad financiera de la gestión ambiental, de riesgo de desastres y cambio climático.

11.

Promover y asesorar a las entidades territoriales y a la institucionalidad pública ambiental, de gestión de riesgo de desastres, y de cambio climático, en las gestio­nes de financiamiento externo e interno relacionadas con los planes, programas y proyectos en los temas de competencia de esta Dirección, en coordinación con la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas.

12.

Asesorar técnicamente a las entidades públicas competentes, en su participación en el marco de los convenios internacionales relacionados con la gestión ambien­tal, del riesgo de desastres y cambio climático.

13.

Fomentar el uso de información ambiental, de gestión del riesgo y de cambio climático en la toma de decisiones de política pública, en coordinación con las demás dependencias técnicas del DNP y con los organismos y entidades compe­tentes.

14.

Acompañar la formulación y seguimiento de ejercicios de planificación con énfa­sis en convergencia regional, ordenamiento territorial, articulación entre niveles de gobierno y fuentes de recursos de los territorios, en el marco de las competen­cias de esta Dirección y en coordinación con los organismos y entidades compe­tentes.

15.

Representar al Director General Departamento Nacional de Planeación en reu­niones, consejos, juntas, comités, y/o comisiones que este le delegue o señale; y participar en aquellos en los cuales forme parte.

16.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Constitutional history

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