JurídicoESEN

Article 2

Ley 40 de 1989 · por la cual la Nación hace un reconocimiento a los deportistas destacados en los niveles nacional e internacional y se concede una autorización.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De conformidad con los numerales 11 y 17 del artículo 76 de la Constitución Nacional y en desarrollo del numeral 20 del mismo artículo y en concordancia con el artículo 79 de la carta autorízase al Gobierno Nacional para crear, reglamentar y ejecutar las siguientes obras de beneficio común y de interés social dignos de estímulo y apoyo por la Nación:

Ministerio de Educación Nacional

Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte

a)

Estímulos académicos y culturales a los deportistas campeones Nacionales, Bolivarianos, Suramericanos, Centroamericanos, Panamericanos, Mundiales y/u Olímpicos;

b)

Estímulos económicos a los deportistas que, representando al país, queden campeones en Juegos Panamericanos , Mundiales y/u Olímpicos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 40 de 1989