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Article 19

Decreto 3318 de 1979 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 001 del 3 de noviembre de 1979, originario del Consejo Intendencial del Putumayo, relativo a la determinación del Presupuesto de Rentas y Gastos para la vigencia fiscal de 1980

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01

Text of the article

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Articuló decimonoveno. El pago de viáticos, y .gastos de transporte de los empleados intendenciales en comisión, sólo podrá, efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia en la que se ordene la comisión a lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fija en término de la misma y el valor de los viáticos correspondientes. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.

Parágrafo

No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumpla dentro .del mismo día de salida, en tal caso sólo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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