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Article 4

Requisitos

Decreto 153 de 2014 · por el cual se establece el procedimiento para la devolución del Impuesto sobre las Ventas y del Impuesto Nacional al Consumo a Diplomáticos, Organismos Internacionales y Misiones Diplomáticas y Consulares.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Requisitos . La solicitud de devolución deberá presentarse diligenciando el formato correspondiente, presentada por períodos bimestrales de acuerdo con el artículo 600 numeral 1 del Estatuto Tributario, indicando el fundamento legal que le concede la exención respectiva, anexando

1.

Relación de cada una de las facturas que dan derecho a exención por el período objeto de solicitud en la que se indique el número de la factura, nombre o razón social, NIT, fecha de expedición, valor y monto del impuesto sobre las ventas y del impuesto nacional al consumo. No serán admisibles facturas que hubieran sido expedidas con anterioridad superior a un año, contado desde la fecha de presentación de la documentación ante la Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes.

2.

El valor global de las mismas.

3.

El monto del impuesto objeto de devolución, discriminando el monto del impuesto sobre las ventas y del impuesto nacional al consumo.

4.

Constancia de que las facturas tienen discriminado el impuesto sobre las ventas y el impuesto nacional al consumo; y cumplen los demás requisitos exigidos por la ley. En el caso de los Organismos Internacionales la solicitud deberá estar firmada por el Representante Legal del Organismo respectivo o quien haga sus veces.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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