Integraciones . Los organismos Médico Militares y de Policía, a que se refiere el artículo 7° del Decreto 1836 de 1979, estarán integrados por médicos generales, médicos especialistas, odontólogos, sicólogos y laboratoristas. A ellos corresponderá determinar el "estado sicofísico" del personal, desde su ingreso hasta su retiro en todas las incidencias del servicio.
Article 20
Integraciones
Decreto 3049 de 1981 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto número 1836 de 1979, que determina las normas relativas a la capacidad sicofísica, las incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio Defensa y de la Policía Nacional
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Constitutional history
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