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Article 3

Modifíquese El Artículo 15 Del Decreto Número 1432 De 2013, El Cual Quedará Así: “ Artículo 15

Decreto 2391 de 2013 · por el cual se efectúan precisiones en las condiciones de los beneficiarios del “Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores” al que se refiere el Decreto número 1432 de 2013.

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01

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°. Modifíquese el artículo 15 del Decreto número 1432 de 2013, el cual quedará así: “ Artículo 15 . Los hogares certificarán ante el oferente del proyecto de vivienda nueva de interés prioritario, su ahorro en las siguientes modalidades

a)

Cuentas de ahorro programado para la vivienda;

b)

Cuentas de ahorro programado contractual para vivienda con evaluación crediticia favorable previa;

c)

Aportes periódicos de ahorro;

d)

Cuota inicial;

e)

Cesantías. Los recursos del ahorro podrán ser girados por parte del potencial beneficiario directa­mente al oferente o a las entidades que este de fina como esquema de ejecución del proyecto. El oferente de los proyectos seleccionados en el marco del programa a que se refiere este decreto podrá establecer mecanismos que le permitan garantizar que los recursos señalados en el presente artículo estén dispuestos de manera efectiva por parte de los hogares, será responsable del debido manejo de los referidos recursos de acuerdo con las normas vigentes, e igualmente deberá informar oportunamente, a los hogares, las condiciones y requisitos establecidos para recibir los beneficios del Programa.

Parágrafo

La definición de las modalidades señaladas en el presente artículo se sujetará a lo establecido por el artículo 28 del Decreto número 2190 de 2009 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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