Registro de los negocios jurídicos de transferencia y gravámenes de los derechos patrimoniales de contenido crediticio derivados de las operaciones de libranza en el RUNEOL realizado por las entidades no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. De conformidad con el artículo 8 de la Ley 1902 de 2018, la obligación de anotación de las operaciones que se realicen sobre los derechos patrimoniales de contenido crediticio derivados de las operaciones de libranza, se refiere a las enajenaciones totales o parciales y a cualquier título, incluyendo la compra, venta y la constitución de gravámenes. Normas concordantes: Artículo 2.2.2.49.3.1 del Decreto 1074 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 1008 de 2020.
Circular 100-000002 de 2022 →In force
Article 1.11.7
Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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