º En los ministerios y departamentos administrativos, las direcciones generales administrativas, o las dependencias que hagan sus veces, elaborarán en el mes de octubre los programas generales de compras de bienes muebles que requieran para el año fiscal siguiente, de acuerdo con las partidas que para tal efecto aparezcan en el proyecto de presupuesto presentado por el Gobierno al Congreso Nacional. Si, dentro de la oportunidad legal, el Congreso Nacional modifica estas partidas, los organismos y entidades señalados en el artículo 1º harán hasta el mes de diciembre los ajustes correspondientes en los programas generales de compras, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
Article 4
En Los Ministerios Y Departamentos Administrativos, Las Direcciones Generales Administrativas, O Las Dependencias Que Hagan Sus Veces, Elaborarán En El Mes De Octubre Los Programas Generales De Compras De Bienes Muebles Que Requieran Para El Año Fiscal Siguiente, De Acuerdo Con Las Partidas Que Para Tal Efecto Aparezcan En El Proyecto De Presupuesto Presentado Por El Gobierno Al Congreso Nacional
Decreto 751 de 1984 · Por el cual se reglamenta el artículo 137 del Decreto extraordinario 222 de 1983
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