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Article 9

Las Libranzas, Pagarés, Vales O Letras Giradas En Cualquier Tiempo A Cargo De Deudores De Impuestos Aduaneros, Son Documentos Probatorios De Obligaciones Civiles No Sujetos A Las Disposiciones Especiales Del Código De Comercio, Sino A Las Comunes Del Código Civil Y Del Código Fiscal, Y En Consecuencia Prestarán Mérito Ejecutivo, De Acuerdo Con Las Reglas Generales, Contra Los Librados Y Contra Los Giradores, Lo Mismo Que Contra Los Respectivos Fiadores (Artículo 3º Ley 80 De 1914)

Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación

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01

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º. Las libranzas, pagarés, vales o letras giradas en cualquier tiempo a cargo de deudores de impuestos aduaneros, son documentos probatorios de obligaciones civiles no sujetos a las disposiciones especiales del Código de Comercio, sino a las comunes del Código Civil y del Código Fiscal, y en consecuencia prestarán mérito ejecutivo, de acuerdo con las reglas generales, contra los librados y contra los giradores, lo mismo que contra los respectivos fiadores (artículo 3º Ley 80 de 1914).

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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