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Article 44

Ley 4 de 1990 · por la cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación, se asignan funciones a sus dependencias y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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La División de Servicios Administrativos tendrá las siguientes funciones:

a)

Planear, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento de las secciones de Correspondencia, Proveeduría y Almacén, Seguridad, Transportes, Técnica y Mantenimiento, Grupo de compras y aseo y cafetería;

b)

Ordenar gastos conforme a las cuantías establecidas por el Procurador General;

c)

Coordinar con la oficina de Planeación, la elaboración, difusión y uso de los manuales de funciones y de procedimientos de la entidad y procurar el cumplimiento de los de su División;

d)

Presentar al Comité Operativo un plan de necesidades con el respectivo soporte;

e)

Desarrollar los planes definidos en el Comité Operativo;

f)

Recibir las solicitudes de elementos remitidas por las dependencias del Ministerio Público y darles el trámite correspondiente;

g)

Dirigir y controlar, a través de la Sección de Proveeduría y Almacén el oportuno suministro de los elementos devolutivos y de consumo que requieran todas las dependencias del Ministerio Público a nivel nacional;

h)

Elaborar el plan de seguros de la entidad y remitirlo a la División Jurídica para la contratación correspondiente;

i)

Dirigir y controlar el manejo de la caja menor asignada a la División;

j)

Informar a la División Jurídica todo lo relacionado con el incumplimiento de órdenes de trabajo, de pedido y contratos inherentes a su División;

k)

Desarrollar todas aquellas funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato y que estén acordes con la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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