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Article 21

Decreto 1042 de 2003 · por medio del cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991 y 546 de 1999; se derogan los Decretos 1133 de 2000 y 1560 de 2001, y se modifica parcialmente el Decreto 2620 de 2000.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Soluciones habitacionales de construcción de vivienda nueva en sitio propio . Es una solución en terreno de propiedad del hogar, consistente en la construcción de una vivienda rural, que provea por lo menos, un espacio múltiple, una habitación, saneamiento básico y las instalaciones y acometidas domiciliarias. Su diseño debe permitir el desarrollo progresivo de la solución planteada. El valor final de la vivienda no será superior a cincuenta (50) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Parágrafo 1

La construcción de la solución de vivienda nueva en sitio propio puede darse en lotes o terrenos dispersos de propiedad individual, en terrenos de propiedad de la entidad cuando se trata de Organizaciones Populares de Vivienda e Instituciones sin ánimo de lucro, o en terrenos de propiedad colectiva, de los hogares postulantes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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