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Article 19

Ley 58 de 1988 · por la cual se expiden normas y se establecen procedimientos especiales para la titulación de inmuebles en el Archipiélago de San Andrés y Providencia y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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El Juez tanto en los procesos de revisión y de nulidad que en esta Ley se crean, con base en lo dispuesto por el artículo anterior, a petición de parte o de oficio, si ello resultare en las pruebas, ordenará en la sentencia cuando sea del caso, la nulidad de las providencias y de las escrituras públicas declarativas y constitutivas de dominio sobre inmuebles ubicados en la Intendencia, respectivamente, así como su inscripción en el registro.

Parágrafo

En la misma sentencia, el Juez dispondrá lo conducente para darle aplicación, en la Intendencia, a las disposiciones contenidas en el Decreto 1731 del 18 de septiembre de 1967 y en la Resolución número 1126 de 10 de noviembre del mismo año, sobre obligatoriedad del sistema métrico decimal en las transacciones sobre finca raíz, proferido por el Ministerio de Fomento, de modo que los inmuebles allí ubicados sean identificados con mayor facilidad y conforme a la ley.

02

Constitutional history

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