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Article 28

En La Sección 3

Decreto 314 de 1909 · Por la cual se reglamenta el despacho en el Ministerio de Instrucción Pública

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01

Text of the article

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En la Sección 3.ª el Oficial Mayor llevará el legajo de contratos, debidamente foliados y con índice para empastarlo al fin de cada año. Asimismo formará un memorándum de las remesas que el Tesorero General comuniqué haber verificado, procurando anotar, con la debida discriminación, las cantidades destinadas á cada Departamento, con indicación de cuál haya sido el servicio que se satisfaga, con el objeto de comparar oportunamente dicho memorándum, que puede ser en forma de cuadro, con las cuentas que envíen los Administradores de Hacienda para su legalización al Ministerio. En este memorándum deben aparecer con precisión los detalles del gasto más insignificante que se ordene por el Ministerio en toda la República.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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