Bonificación mensual para gastos personales en cumplimiento del artículo 7° de la Ley 2384 de 2024 . Los Grumetes de las Fuerzas Militares tendrán una bonificación mensual para gastos personales de ciento ochenta y siete mil seiscientos treinta y cuatro pesos ($187.634) moneda corriente. Los Dragoneantes de las Fuerzas Militares y brigadieres en la Policía Nacional e Inpec, tendrán derecho a una bonificación mensual adicional correspondiente al 5% de un salario mínimo mensual legal vigente. Los Soldados del Batallón Guardia Presidencial y de los Batallones de Policía Militar que hayan terminado el curso básico de esta especialidad tendrán una bonificación mensual adicional de veintinueve mil setecientos sesenta y siete pesos ($29.767) moneda corriente.
Article 15
Bonificación Mensual Para Gastos Personales En Cumplimiento Del Artículo 7° De La Ley 2384 De 2024
Decreto 615 de 2025 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional; Patrulleros de Policía de la Policía Nacional, y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional; se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.