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Article 10

Decreto 1525 de 2002 · por el cual se expide el Reglamento del Consejo Nacional de Profesiones Internacionales y afines.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Elección de los representantes de las asociaciones y universidades. La elección del representante de las Asociaciones de Profesionales y de las Universidades a que se refieren los literales d) y e) del artículo 2º de la Ley 556 de 2000, se hará por la Asamblea de Representantes. El Secretario Ejecutivo del Consejo efectuará la convocatoria enviando comunicación escrita y por correo electrónico a las Asociaciones de Profesionales, con una antelación no inferior a quince (15) días calendario a la fecha de la Asamblea. Así mismo, el Secretario Ejecutivo del Consejo efectuará la convocatoria a las universidades, enviando comunicación escrita y por correo electrónico a las Universidades que tengan las carreras establecidas en la Ley 556 de 2000. La convocatoria contendrá cuando menos la siguiente información: sitio, fecha y hora de la reunión, requisitos de la inscripción, calidades de los participantes y de los candidatos, así como las reglas a seguir para efectos de la elección.

Parágrafo 1

Copia de las comunicaciones enviadas por el Secretario Ejecutivo se fijarán en un lugar visible en la Sede del ICFES y se publicarán en la página web de dicha entidad.

Parágrafo 2

Las convocatorias establecidas en este artículo se realizarán una vez se de cumplimiento a lo establecido en el artículo 5º de la Ley 556 de 2000, en especial lo relacionado con el procedimiento y requisitos para la inscripción en el registro de profesionales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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