°. Sobre los precios que el Decreto numero 986 fija para cada clase de sal en los almacenes de Barranquilla, Cartagena, Santa Marta y Ríohacha, los particulares pagarán quince centavos ($ 0-15) en la administración general de salinas marítimas o en los almacenes respectivos, por cada 12 ½ kilos de sal que deseen convertir en molida o refinada.
Article 2
Sobre Los Precios Que El Decreto Numero 986 Fija Para Cada Clase De Sal En Los Almacenes De Barranquilla, Cartagena, Santa Marta Y Ríohacha, Los Particulares Pagarán Quince Centavos ($ 0-15) En La Administración General De Salinas Marítimas O En Los Almacenes Respectivos, Por Cada 12 ½ Kilos De Sal Que Deseen Convertir En Molida O Refinada
Decreto 1389 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre la renta de sal marina
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Constitutional history
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