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Article 3

En Caso De Que El Distrito No Sea Propietario Del Área Que Ocupen Sus Edificios Públicos, Si Esos Edificios Se Encontraren Dentro Del Terreno A Que Se Refiere Este Decreto, Se Declara Al Distrito Dueño Del Área Que Ocupen Sus Edificios Públicos , I Si Estos No Tuvieren La Capacidad Suficiente, O Fuere Necesario Darles Mayor Amplitud, Se Declara Al Mismo Distrito Dueño De Una Estension De Cuatro Hectaras, Que Se Deducirán De Las Que Componen La Estesion Jeneral Del Terreno

Decreto 629 de 1877 · En ejecución de la lei 3a de 1875 (13 de marzo)

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01

Text of the article

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° En caso de que el distrito no sea propietario del área que ocupen sus edificios públicos, si esos edificios se encontraren dentro del terreno a que se refiere este decreto, se declara al distrito dueño del área que ocupen sus edificios públicos , i si estos no tuvieren la capacidad suficiente, o fuere necesario darles mayor amplitud, se declara al mismo distrito dueño de una estension de cuatro hectaras, que se deducirán de las que componen la estesion jeneral del terreno.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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