º Cuando terminado un contrato de trabajo no se solicite a la Sociedad Administradora el retiro de las sumas abonadas en la cuenta del afiliado, la respectiva sociedad trasladará y contabilizará dichas sumas en la cuenta en la cual aparezcan registradas las cotizaciones voluntarias efectuadas por afiliados independientes. Así mismo, podrá solicitar a los interesados su retiro, mediante comunicación certificada dirigida a la dirección personal que aparezca anotada en sus registros. CAPITULO II. Traslados de recursos.
Article 8
º Cuando Terminado Un Contrato De Trabajo No Se Solicite A La Sociedad Administradora El Retiro De Las Sumas Abonadas En La Cuenta Del Afiliado, La Respectiva Sociedad Trasladará Y Contabilizará Dichas Sumas En La Cuenta En La Cual Aparezcan Registradas Las Cotizaciones Voluntarias Efectuadas Por Afiliados Independientes
Decreto 2795 de 1991 · por el cual se dictan normas en materia del régimen de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía.
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Constitutional history
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