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Article 15

Decreto 505 de 1997 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 300 de 1996.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Contrato de administración del Fondo. El contrato de administración del Fondo tendrá una duración de cinco (5) años prorrogables y en él se debe contemplar lo relativo al manejo de los recursos y sus rendimientos financieros, la administración, el recaudo, control y cobro de la Contribución Parafiscal, la definición y ejecución de programas y proyectos turísticos, las facultades y prohibiciones de la Entidad Administradora y la Contraprestación por la administración del Fondo. La Entidad Administradora deberá llevar los registro contables de la Contribución y de los demás recursos del Fondo en forma independiente para ejercer el control y la vigilancia sobre su administración, así como para presentar los informes estadísticos necesarios, garantizando un estricto control de su uso.

Parágrafo 1

Por la administración de la Contribución Parafiscal no se podrá pactar un monto superior al 10% del recaudo de la misma en cada período y su pago se efectuará anualmente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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