º La ordenación del gasto en Servicios Personales, se regirá por las siguientes normas
Los salarios y demás emolumentos que perciben los empleados y funcionarios vinculados legal y reglamentariamente al Ministerio Público, conforme a las disposiciones legales vigentes en materia salarial y prestacional.
Los Gastos de Representación, que con el carácter de remuneración especial le corresponde a determinados cargos de dicho organismo, de conformidad con el Decreto-ley 028 de 1989, y demás normas que lo sustituyan, modifiquen o adicionen. DISPOSICIONES VARIAS.