º. Como la finalidad del auxilio de que trata este Decreto es la de proveer a la pronta reconstrucción de la población de Guacamayas, con el objeto de asegurar la reconstrucción de las edificaciones destruidas o averiadas por el siniestro, la Junta exigirá de los damnificados beneficiados con reconocimiento de auxilios, las garantías que, a su juicio, estime indispensables, y controlará posteriormente la correcta aplicación de los fondos correspondientes al objetivo señalado por la Ley 27 de 1944.
Article 8
Como La Finalidad Del Auxilio De Que Trata Este Decreto Es La De Proveer A La Pronta Reconstrucción De La Población De Guacamayas, Con El Objeto De Asegurar La Reconstrucción De Las Edificaciones Destruidas O Averiadas Por El Siniestro, La Junta Exigirá De Los Damnificados Beneficiados Con Reconocimiento De Auxilios, Las Garantías Que, A Su Juicio, Estime Indispensables, Y Controlará Posteriormente La Correcta Aplicación De Los Fondos Correspondientes Al Objetivo Señalado Por La Ley 27 De 1944
Decreto 2795 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 27 de 1944, en cuanto concede un auxilio para la reconstrucción de Guacamayas, del Departamento de Boyacá
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