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Article 37

Funciones De La Dirección De Justicia, Seguridad Y Defensa

Decreto 1893 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación

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01

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Funciones de la Dirección de Justicia, Seguridad y Defensa. Son funciones de la Dirección de la Dirección de Justicia, Seguridad y Defensa, las siguientes

1.

Dirigir, bajo los lineamientos de la Subdirección General de Prospectiva y Desarrollo Nacional, la consolidación de la prospectiva, y la coordinación y articulación con las entidades cabeza de sector, para la formulación de políticas, planes, programas, proyectos y demás instrumentos de planeación en el ámbito de la Justicia, Seguridad y Defensa, que contribuyan a la visión sectorial de mediano y largo plazo.

2.

Coordinar y gestionar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo, los documentos CONPES, las políticas y demás instrumentos de planeación nacional, en los asuntos de competencia de la entidad que desarrolla la dependencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes.

3.

Coordinar y orientar la formulación, seguimiento, control y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos con los sectores y asuntos de su competencia, de manera articulada y con una visión de largo plazo.

4.

Diseñar y proponer a la Subdirección General de Prospectiva y Desarrollo Nacional los lineamientos para la asistencia técnica a los sectores y a las entidades territoriales en la generación de capacidades para la gestión y administración de proyectos de inversión.

5.

Orientar el análisis del comportamiento del gasto público de inversión en los sectores y asuntos de competencia de la entidad que desarrolla la dependencia, así como coordinar el diseño, desarrollo y mejoramiento de los instrumentos que permitan su correcta focalización y eficiencia.

6.

Coordinar y apoyar el proceso de programación del presupuesto de inversión de los organismos y entidades públicas del orden nacional, en los sectores y asuntos que desarrolla la dependencia.

7.

Dirigir el control posterior a la viabilidad de los proyectos de inversión o el que corresponda y que tengan relación con los asuntos de su competencia.

8.

Coordinar el apoyo y asistencia técnica en aspectos específicos de las entidades del sector, con relación a las políticas, planes, programas y proyectos de inversión de los sectores y asuntos de su competencia.

9.

Orientar el apoyo técnico a los organismos y entidades públicas en la preparación y de crédito, en coordinación con la Subdirección de Crédito y Cooperación Internacional.

10.

Participar en el diseño e implementación de los sistemas de seguimiento y evaluación de la gestión y resultados de la administración pública en los asuntos de su competencia, en coordinación con la Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación del Departamento Nacional de Planeación.

11.

Orientar la incorporación de los procesos de evaluación y seguimiento en la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos, cuando sea pertinente, en coordinación con la Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación.

12.

Coordinar y orientar la elaboración de estudios, investigaciones, informes y conceptos técnicos en los asuntos de su competencia, que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con una visión de Estado en el largo plazo.

13.

Coordinar y orientar la creación, consolidación, actualización y mejoramiento de la información e indicadores, que contribuyan a la identificación de las necesidades de inversión pública en los sectores y asuntos de su competencia, en coordinación con otras dependencias del Departamento Nacional de Planeación.

14.

Presentar al Subdirector General de Prospectiva y Desarrollo Nacional las iniciativas de inversión que se consideren convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales, en los sectores y asuntos de su competencia.

15.

Participar en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los asuntos de competencia de la Dirección.

16.

Analizar estudios, prácticas e investigaciones que se hayan adelantado a nivel nacional e internacional, que contribuyan a la definición de innovaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia.

17.

Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

18.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

19.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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