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Article 28

Oficina De Personal

Decreto 261 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones

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01

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Oficina de Personal. La Oficina de Personal tiene las siguientes funciones

1.

Asistir al Secretario General en el estudio y evaluación de políticas, normas y procedimientos para la administración de personal.

2.

Ejecutar las actividades de administración de personal en desarrollo de la política que se establezca para ello.

3.

Coordinar las actividades de capacitación de los servidores del área de su competencia; así como las referidas a la carrera de la Fiscalía, nómina y prestaciones sociales y demás relacionadas con la gestión administrativa de personal.

4.

Llevar el registro y control de los documentos que se tramitan en personal, velando porque se tenga una información oportuna y veraz en cuanto a hojas de vida, nómina, salarios, novedades y prestaciones.

5.

Tramitar todo lo relacionado con situaciones administrativas y movimientos de personal.

6.

Tramitar el reconocimiento de las prestaciones sociales y demás emolumentos a que tienen derecho los servidores de la entidad.

7.

Apoyar en todos los aspectos relacionados con la administración y desarrollo de personal, a las Direcciones Seccionales Administrativas y Financieras.

8.

Preparar para la firma del competente los proyectos de actos administrativos relacionados con las funciones a su cargo.

9.

Notificar o comunicar en los términos legales y reglamentarios los actos administrativos que expida el Secretario General.

10.

Las demás que le asigne el Fiscal General y que guarden relación con la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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