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Article 11

Fíjase Una Bonificación Individual Mensual En Cuantía De Cinco Mil Sesenta Y Dos Pesos ($5

Decreto 304 de 2000 · Por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para los empleados y funcionarios públicos del orden nacional, de las Universidades Públicas, las Corporaciones Autónomas regionales y de Desarrollo Sostenible y los Miembros de la Fuerza Pública

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Fíjase una bonificación individual mensual en cuantía de cinco mil sesenta y dos pesos ($5.062.) moneda corriente, mensuales para el personal de Oficial y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Personal de Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, Agentes de los Cuerpos Profesionales de la Policía Nacional, Personal Civil del Ministerio de Defensa, de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, los Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, los cadetes; los alumnos de las Escuelas de Formación de Suboficiales, y del nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, los soldados, auxiliares Bachilleres, Grumetes de las Fuerzas Militares y el personal del Cuerpo Auxiliar de la Policía Nacional, con destino al Fondo de Solidaridad del Ministerio de Defensa Nacional-Seguro de Vida Colectivo.

Parágrafo

La citada bonificación no constituye factor de salario para ningún efecto legal, por tanto no es computable para prestaciones sociales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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