° En aplicación de lo dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su decreto reglamentario, todas las construcciones, restauraciones, refacciones, remodelaciones, obras de defensa y conservación que deban efectuarse en el inmueble, deberán contar con la previa aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales.
Article 2
En Aplicación De Lo Dispuesto Por La Ley 163 De 1959 Y Su Decreto Reglamentario, Todas Las Construcciones, Restauraciones, Refacciones, Remodelaciones, Obras De Defensa Y Conservación Que Deban Efectuarse En El Inmueble, Deberán Contar Con La Previa Aprobación Del Consejo De Monumentos Nacionales
Decreto 1896 de 1993 · por el cual se declara como Monumento Nacional el Edificio de las Rentas Departamentales de Pereira, Risaralda.
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