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Article 3

Ley 18 de 1904 · por la cual se permite estipular libremente

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

: Los documentos que expresen obligaciones de cantidades de monedas de oro o de plata nacionales o extranjeras se consideraran como expresivas de obligaciones de cantidades liquidas, y, en consecuencia, si reúnen las demás condiciones de que habla el articulo 1012 del Código Judicial, prestan merito ejecutivo.

Si el deudor al intimársele la ejecución presentare para el pago billetes de curso forzoso, se establecerá la equivalencia con la moneda metálica como se previene en el articulo 1o. para que lo haga.

Si el deudor no paga los avalúos de los bienes que se embarguen se harán en moneda legal, y la equivalencia entre la moneda metálica y el billete de Estado se establecerá al tiempo de hacer el pago al acreedor, como esta indicado en el articulo 1o.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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