º El Director del Instituto Colombiano de Estudios Internacionales por riguroso orden de mérito, de acuerdo con las calificaciones obtenidas por quienes hayan aprobado la entrevista, elaborará una lista de elegibles que se comunicará al Ministro de Relaciones Exteriores, dentro del mes siguiente a la fecha de realización de la última entrevista. La lista tendrá vigencia de un año, contado a partir de la fecha en que el Ministro reciba la comunicación.
Article 9
El Director Del Instituto Colombiano De Estudios Internacionales Por Riguroso Orden De Mérito, De Acuerdo Con Las Calificaciones Obtenidas Por Quienes Hayan Aprobado La Entrevista, Elaborará Una Lista De Elegibles Que Se Comunicará Al Ministro De Relaciones Exteriores, Dentro Del Mes Siguiente A La Fecha De Realización De La Última Entrevista
Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968
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