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Article 7

Ley 41 de 1915 · Por la cual se organiza la Policía Nacional y se le señalan sus atribuciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Los miembros de Policía, de la Gendarmería, de los Cuerpos de Zapadores y otros armados al servicio del Estado serán juzgados y castigados por las contravenciones y faltas contra la disciplina, de acuerdo con los reglamentos especiales que dicte el Poder Ejecutivo para cada uno de dichos Cuerpos. Tales reglamentos en la parte respectiva, deben adaptarse a los que rijan para el Ejército. En cuanto a delitos comunes, los miembros de los indicados Cuerpos quedan sujetos a la jurisdicción ordinaria.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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