JurídicoESEN

Article 46

Ley 2099 de 2021 · por medio de la cual se dictan disposiciones para la transición energética, la dinamización del mercado energético, la reactivación económica del país y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Modifíquese el artículo 37 de la Ley 143 de 1994 , el cual quedará así:

Artículo 37. El Consejo Nacional de Operación estará conformado por:

a)

Un representante de cada una de las empresas de generación, conectadas al sistema interconectado nacional que tenga una capacidad instalada superior al cinco por ciento (5%) del total nacional;

b)

Dos representantes de las empresas de generación conectadas al sistema interconectado nacional, que tengan una capacidad ins¬talada entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del total nacional;

c)

Un representante de las empresas generadoras con una capaci¬dad instalada inferior al 1% del total nacional;

d)

Un representante de las empresas que generen de forma exclusi¬va con fuentes no convencionales de energía renovable;

e)

Dos representantes de la actividad de transmisión nacional,

f)

El Gerente del Centro Nacional de Despacho;

g)

Dos representantes de la actividad de distribución que no reali¬cen prioritariamente actividades de generación;

h)

Un representante de la demanda no regulada e,

i)

Un representante de la demanda regulada.

Parágrafo

Todos los integrantes del CNO tendrán derecho a voz y voto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 2099 de 2021