°. Incorporación automática. De conformidad con el artículo 8° de la Ley 1967 de 2019, los servidores públicos que a la entrada en vigencia de la mencionada ley se encontraban vinculados al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) quedarán automáticamente incorporados en la planta de personal que se adopte para el Ministerio del Deporte, por lo cual únicamente se deberán actualizar las actas de posesión. Para el caso del Director y Subdirector del Departamento se procederá a nombrarlos en los cargos de Ministro y Viceministro, respectivamente, dentro de la facultad discrecional del Presidente, para lo cual no se requerirá surtir los trámites señalados en los artículos 2.2.13.2.2 y 2.2.13.2.3 del Decreto 1083 de 2015, por cuanto sus hojas de vida se publicaron para el cargo que actualmente ocupan. Para efectuar el nombramiento, el Coordinador Financiero del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, hoy Ministerio del Deporte, expedirá la respectiva disponibilidad presupuestal.
Decreto 1671 de 2019 →In force
Article 3
Incorporación Automática
Decreto 1671 de 2019 · por el cual se establece la planta de personal del Ministerio del Deporte y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.