En el mes de enero de cada año, el Ministerio publicará una lista de los Oficiales que conforme a la Ley deban retirarse en el año siguiente: Esta lista se enviará a los Comandantes o Jefes Superiores y a los de los cuerpos de tropas para que los oficiales que en ella figuren suministren al Departamento de Personal el papel sellado, las estampillas y lo demás que sea necesario para la formación de la correspondiente hoja de servicios y para que alleguen los documentos comprobatorios de sus servicios prestados.
Article 30
En El Mes De Enero De Cada Año, El Ministerio Publicará Una Lista De Los Oficiales Que Conforme A La Ley Deban Retirarse En El Año Siguiente: Esta Lista Se Enviará A Los Comandantes O Jefes Superiores Y A Los De Los Cuerpos De Tropas Para Que Los Oficiales Que En Ella Figuren Suministren Al Departamento De Personal El Papel Sellado, Las Estampillas Y Lo Demás Que Sea Necesario Para La Formación De La Correspondiente Hoja De Servicios Y Para Que Alleguen Los Documentos Comprobatorios De Sus Servicios Prestados
Decreto 251 de 1926 · Por el cual se reglamenta la Ley 75 de 1925, en lo referente a sueldos de retiro para los oficiales del Ejército en actividad
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