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Article 32

Los Certificados De Disponibilidad Presupuesta Requeridos Para Las Modificaciones Al Presupuesto General De La Nación Que No Correspondan A Recursos Propios De Los Establecimientos Públicos Nacionales Serán Solicitados Por El Director General Del Presupuesto A La Contraloría General De La República

Decreto 3106 de 1990 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1991, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

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ARTICULO 32. Los certificados de disponibilidad presupuesta requeridos para las modificaciones al Presupuesto General de la Nación que no correspondan a recursos propios de los Establecimientos Públicos Nacionales serán solicitados por el Director General del Presupuesto a la Contraloría General de la República. El Auditor Fiscal, destacado ante cada establecimiento público nacional, refrendará los certificados de disponibilidad presupuestal para incorporar los recursos propios y los reaforos de rentas de los mismos en el Presupuesto General de la Nación.

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Constitutional history

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