Artículo 2º Para cubrir las dietas de los Representantes y los sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara hasta en un mes de sesiones extraordinarias, así:
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Edificios Nacionales.
Ferrocarriles.
Carreteras y caminos de herradura.
bis. Para dar cumplimiento a la Ley 69 de 1920
Gastos varios.