Validación de las declaraciones de giro y compensación . El Administrador Fiduciario del Fosyga realizará la validación de las declaraciones de giro y compensación y de sus respectivos soportes, dentro de los dos días hábiles siguientes a su presentación. Dentro del plazo señalado, el Administrador Fiduciario del Fosyga informará por escrito a las entidades promotoras de salud, EPS, y demás entidades obligadas a compensar, EOC, la aceptación total o parcial de la declaración y las inconsistencias que llegare a detectar. En la validación se verificarán todos los aspectos y se realizarán los cruces necesarios para establecer el cumplimiento de todas las disposiciones referentes al proceso de compensación. Los recursos a favor del Fosyga resultantes de las diferencias entre la información presentada en la declaración mensual de giro y compensación y el proceso de validación de la misma, deberán girarse al día siguiente a la comunicación del resultado de la validación.
Decreto 1755 de 2002 →In force
Article 23
Decreto 1755 de 2002 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de la subcuenta de compensación interna del régimen contributivo del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.