°. No obstante la reserva establecida por el artículo anterior, el Gobierno podrá hacer uso de la facultad que le confiere el artículo 4° de la Ley 30 de 1931, reglamentado por el Decreto número1200 de 1935, y en consecuencia celebrar contratos sobre cultivo de plátano destinado a la exportación y hacer las correspondientes adjudicaciones de terrenos baldíos ubicados en el Municipio de Acandí.
Article 2
No Obstante La Reserva Establecida Por El Artículo Anterior, El Gobierno Podrá Hacer Uso De La Facultad Que Le Confiere El Artículo 4° De La Ley 30 De 1931, Reglamentado Por El Decreto Número1200 De 1935, Y En Consecuencia Celebrar Contratos Sobre Cultivo De Plátano Destinado A La Exportación Y Hacer Las Correspondientes Adjudicaciones De Terrenos Baldíos Ubicados En El Municipio De Acandí
Decreto 265 de 1936 · Por el cual se hace una reserva de terrenos baldios en el Municipio de Acandi, de la Intendencia Nacional del Chocó
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