° A partir del 1° de enero de 1988, el incremento de salario por antigüedad que venían recibiendo algunos funcionarios a quienes se aplica este Decreto, en virtud de lo dispuesto en los Decretos extraordinarios 1042 de 1978, y 171 de 1987, se reajustara en el mismo porcentaje en que se aumenta su asignación básica, de acuerdo a la siguiente escala: Asignación básica Porcentaje Hasta 35.565 25% Hasta 60.005 24% Hasta 96.070 22% De $ 96.071 en adelante 20% Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se desecharán.
Article 3
A Partir Del 1° De Enero De 1988, El Incremento De Salario Por Antigüedad Que Venían Recibiendo Algunos Funcionarios A Quienes Se Aplica Este Decreto, En Virtud De Lo Dispuesto En Los Decretos Extraordinarios 1042 De 1978, Y 171 De 1987, Se Reajustara En El Mismo Porcentaje En Que Se Aumenta Su Asignación Básica, De Acuerdo A La Siguiente Escala: Asignación Básica Porcentaje Hasta 35
Decreto 110 de 1988 · por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del área Técnico-Científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras Ingeominas.
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