El reconocimiento del subsidio familiar se hace por Resolución del Ministerio de Guerra, mediante el siguiente procedimiento: Las Jefaturas de Personal reúnen todos los documentos necesarios y envían el informativo a la Ofician Jurídica Sección - Prestaciones Sociales- Esta dependencia efectúa el estudio de la documentación, exige nuevas pruebas, o el mejoramiento de las aducidas, y elabora el proyecto de resolución. Los aumentos o disminuciones del subsidio familiar se proyectan individual o colectivamente por las Jefaturas de Personal con destino a la firma del Ministerio de Guerra. El reconocimiento de la prima de servicio, y de la prima de instalación, se propone por las Jefaturas de Personal para la firma del Ministerio de guerra. El subsidio de transporte, la prima de clima, la prima de actividad, la prima de navidad, y la prima mensual de alimentación, se liquidan directamente por las Contadurías respectivas. TITULO III Comisiones, licencias y permisos. CAPITULO I Comisiones.
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El Reconocimiento Del Subsidio Familiar Se Hace Por Resolución Del Ministerio De Guerra, Mediante El Siguiente Procedimiento: Las Jefaturas De Personal Reúnen Todos Los Documentos Necesarios Y Envían El Informativo A La Ofician Jurídica Sección - Prestaciones Sociales- Esta Dependencia Efectúa El Estudio De La Documentación, Exige Nuevas Pruebas, O El Mejoramiento De Las Aducidas, Y Elabora El Proyecto De Resolución
Decreto 351 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 68 de 1963 (diciembre 23), sobre personal civil del Ministerio de Guerra, y se dictan otras disposiciones
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