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Article 60

Ley 916 de 2004 · por la cual se establece el Reglamento Nacional Taurino.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El presidente ordenará la salida al ruedo de los picadores una vez que la res haya sido toreada con el capote por el espada de turno.

Para correr la res y pararla no podrá haber en el ruedo más de tres banderilleros, que procurarán hacerlo tan pronto salga aquella al ruedo, evitando carreras inútiles.

Queda prohibido recortar a la res, embarcarla en el capote provocando el choque contra la barrera o hacerla derrotar en los burladeros. El lidiador o subalterno que infrinja esta prohibición será advertido por el presidente y, en su caso, podrá ser sancionado como autor de una infracción con cinco salarios mínimos mensuales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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