°. Recursos del impuesto nacional al consumo : Los recursos del Impuesto Nacional al Consumo con destino a cultura, de que trata el artículo 512-2 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 201 de la Ley 1819 de 2016, de la vigencia 2022 y de vigencias anteriores que fueron girados al departamento de La Guajira, que no se encuentren comprometidos, deberán destinarse por el Ministerio de Cultura para proyectos y/o programas relacionados con la apropiación social de la cultura y el arte del Pueblo Wayúu. Esta medida tiene carácter temporal hasta el 31 de diciembre de 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 215 de la Constitución Política.
Article 1
Recursos Del Impuesto Nacional Al Consumo : Los Recursos Del Impuesto Nacional Al Consumo Con Destino A Cultura, De Que Trata El Artículo 512-2 Del Estatuto Tributario, Modificado Por El Artículo 201 De La Ley 1819 De 2016, De La Vigencia 2022 Y De Vigencias Anteriores Que Fueron Girados Al Departamento De La Guajira, Que No Se Encuentren Comprometidos, Deberán Destinarse Por El Ministerio De Cultura Para Proyectos Y/O Programas Relacionados Con La Apropiación Social De La Cultura Y El Arte Del Pueblo Wayúu
Decreto 1278 de 2023 · por el cual se adoptan medidas de emergencia en materia cultural para la protección de la riqueza cultural del Pueblo Wayúu.
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