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Article 80

Son Funciones De La División De Documentación

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

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01

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Son funciones de la División de Documentación

a)

Recibir, radicar, seleccionar, sustanciar, entregar, controlar y prestar los servicios inherentes al manejo de los documentos bajo su responsabilidad, de acuerdo con los programas, manuales, reglamentos e instrucciones impartidos por las dependencias del Nivel Central;

b)

Recibir, radicar, seleccionar, distribuir y controlar la correspondencia general de la Administración;

c)

Llevar el libro actualizado de los documentos originados en los procesos de determinación, recaudo y discusión de los impuestos y demás documentos bajo su responsabilidad;

d)

Revisar, foliar, criticar, clasificar, codificar y realizar los demás procesos que sean necesarios para el control y manejo interno de los documentos y para el envío a la unidad de Procesamiento Automático de Datos;

e)

Preparar y enviar los documentos y expedientes requeridos por las dependencias de la Administración y de la Dirección General;

f)

Notificar liquidaciones y fallos a los contribuyentes de acuerdo con los programas, manuales, reglamentos e instrucciones emanados del Nivel Central;

g)

Formalizar y llevar el registro y control del flujo de documentos entre las dependencias de la Administración, y entre éstas y el Nivel Central;

h)

Expedir números de identificación tributaria (NIT) y atender a la presentación de Actas Juramentadas, de acuerdo a las normas legales y los programas, manuales, reglamentos e instrucciones impartidos por el Nivel Central;

i)

Verificar el cumplimiento de los presupuestos procesales y desechar los recursos que no los cumplen, de acuerdo con el Decreto 1651 de 1961, el 3288 de 1963, el 3192 y 3193 de 1963 y el artículo 24 del Decreto 2821 de 1974, y resolver los recursos de reposición interpuestos contra los autos respectivos cuando sea procedente confirmarlos;

j)

Cumplir con los programas, manuales, reglamentos e instrucciones emanados del Nivel Central en materia de administración de documentos, y

k)

Llevar estadísticas sobre tiempos de proceso y recuperación y demás datos sobre el flujo de documentos.

02

Constitutional history

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