ARTICULO 48 . Ampliación del pliego de cargos. Si en el curso de la investigación aparecieren nuevos hechos que puedan constituir falta administrativa y que por su conexidad deben investigarse conjuntamente, podrá ampliarse el pliego de cargos en lo pertinente. Este auto se notificará personalmente al investigado o a su apoderado. Para estos efectos la notificación del auto se hará en los mismos términos del pliego de cargos. Las explicaciones y pruebas solicitadas por el investigado o su abogado se limitarán a los nuevos hechos que motivaron el auto de ampliación. Dictado el auto de ampliación, los términos previstos para la notificación, traslado y demás diligencias procesales de la actuación adelantada, se interrumpen y empezarán a correr nuevamente, una vez efectuada su notificación.
Decreto 1646 de 1991 →In force
Article 48
Decreto 1646 de 1991 · por el cual se establece el Régimen Administrativo Disciplinario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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