º. Funciones del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vías, Invías. Son funciones del Consejo Directivo las siguientes: 6.1 Formular a propuesta del Director General la política general del organismo, los planes y programas que conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica de Presupuesto deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo. 6.2 Formular a propuesta del Director General, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo. 6.3 Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la entidad. 6.4 Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura que considere pertinente y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus estatutos de creación o reestructuración. 6.5 Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la entidad y sus modificaciones de conformidad con la ley. 6.6 Aprobar los estados financieros de la entidad. 6.7 Aprobar la causación, distribución y cobro de la contribución de la valorización por la ejecución de obras de infraestructura de competencia de la entidad. 6.8 Darse su propio reglamento. 6.9 Las demás que le señalen la ley, el acto de creación y los estatutos internos.
Decreto 2056 de 2003 →In force
Article 6
º
Decreto 2056 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías, Invías, y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
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