JurídicoESEN

Article 27

La Superintendencia De Vigilancia Y Seguridad Privada, Podrá Realizar Operativos En Los Sitios De Prestación De Los Servicios De Vigilancia Y En Las Unidades Caninas, Con Apoyo De La Escuela De Formación De Guías Y Adiestramiento De Perros De La Policía Nacional, El Centro De Adiestramiento Canino Del Ejército Nacional Y Los Servicios Secciónales O Locales De Salud Y Sociedades Protectoras De Animales, A Fin De Verificar El Cumplimiento De Las Disposiciones Legales Contenidas En Este Decreto Reglamentario

Decreto 2187 de 2001 · por el cual se reglamenta el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada contenido en el Decreto -ley 356 del 11 de febrero de 1994.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, podrá realizar operativos en los sitios de prestación de los servicios de vigilancia y en las unidades caninas, con apoyo de la Escuela de Formación de Guías y Adiestramiento de Perros de la Policía Nacional, el Centro de Adiestramiento Canino del Ejército Nacional y los servicios secciónales o locales de salud y sociedades protectoras de animales, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en este decreto reglamentario.

Parágrafo

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, impondrá las medidas cautelares y sanciones previstas en el Decreto 356 de 1994 y demás normas pertinentes, a los servicios de vigilancia y seguridad privada que no cumplan lo dispuesto en el presente decreto y procederá a realizar el decomiso de los caninos, los cuales serán puestos a órdenes de la autoridad competente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2187 de 2001