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Article 247

La Disolución De La Sociedad Antes De Vencido El Término Estipulado Para Su Duración, La Prorroga De Éste, La Alteración De La Denominación Social, El Cambio De Domicilio, Y , En General, Toda Reforma, Ampliación O Modificación De Los Estatutos, Serán Reducidas A Escritura Pública Debidamente Registrada

Decreto 2521 de 1950 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

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La disolución de la sociedad antes de vencido el término estipulado para su duración, la prorroga de éste, la alteración de la denominación social, el cambio de domicilio, y , en general, toda reforma, ampliación o modificación de los estatutos, serán reducidas a escritura pública debidamente registrada.

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Constitutional history

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