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Article 45

Decreto 261 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones

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01

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Direcciones Seccionales. Las Direcciones Seccionales Administrativas y Financieras tienen las siguientes funciones

1.

Administrar los recursos físicos, informáticos y financieros requeridos por las distintas dependencias que se encuentren en su ámbito de competencia.

2.

Elaborar el plan de compras correspondiente a su ámbito de competencia y velar por su adecuado cumplimiento.

3.

Coordinar, desarrollar y controlar las actividades relacionadas con la administración de personal.

4.

Consolidar y evaluar la información contable, presupuestal y de tesorería, de su competencia.

5.

Responder por la organización operativa y control de las actividades relacionadas con la administración de los bienes de propiedad de la Fiscalía General o puestos a su disposición.

6.

Organizar y controlar las actividades necesarias para garantizar la conservación, buen uso y oportuno aseguramiento de los bienes que por cualquier motivo estén a disposición de la entidad.

7.

Ordenar la prestación de los servicios, los reconocimientos y los gastos requeridos, de acuerdo con la delegación que para tal efecto les otorgue el Fiscal General de la Nación.

8.

Coordinar con la Dirección Seccional de Fiscalías y con la Dirección Seccional del Cuerpo Técnico, las acciones tendientes al desarrollo efectivo de la función de investigación.

9.

Las demás funciones que sean asignadas por el Fiscal General, o el Director Nacional Administrativo y Financiero y que guarden relación con la naturaleza de la dependencia. TITULO I V INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES CAPITULO PRIMERO De la naturaleza y funciones básicas

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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