JurídicoESEN

Article 3

La Gerencia De La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares Queda Autorizada Para Aceptar Al Personal En Goce De Sueldo De Retiro, Que, Por Razón De Reajustes De Sus Asignaciones, Haya Dejado De Percibir La Prima De Alojamiento Que Estableció El Ordinal B) Del Artículo 73 De La Ley 2ª De 1945, Y Que En Virtud De La Ley Que Se Reglamenta Adquiera El Derecho A La Prima De Alojamiento Y De Gastos Escolares, Las Documentaciones Que Al Respecto Hayan Presentado Y Que Se Hallen De Acuerdo Con Las Prescripciones Del Presente Decreto

Decreto 428 de 1948 · Por el cual se reglamentan los artículos 19 y 20 de la Ley 82 de 1947, en cuanto se relaciona con la prima de alojamiento y de gastos escolares de los Oficiales y Suboficiales en goce de sueldo de retiro.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. La Gerencia de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares queda autorizada para aceptar al personal en goce de sueldo de retiro, que, por razón de reajustes de sus asignaciones, haya dejado de percibir la prima de alojamiento que estableció el ordinal b) del artículo 73 de la Ley 2ª de 1945, y que en virtud de la ley que se reglamenta adquiera el derecho a la prima de alojamiento y de gastos escolares, las documentaciones que al respecto hayan presentado y que se hallen de acuerdo con las prescripciones del presente Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 428 de 1948