º. Las empresas que presten servicio intermunicipal de transporte quedan autorizadas para realizar, durante los días de elecciones, viajes especiales para la movilización de electores dentro de las zonas urbanas o rurales en las que esté permitido el tránsito de personas. Las empresas de transporte urbano sólo podrán dedicar hasta el treinta por ciento (30%) de su equipo rodante a la prestación del servicio autorizado en el inciso anterior. Por los servicios a que se refiere el presente artículo, las empresas o los propietarios de los vehículos no podrán cobrar valores superiores a los que resulten de sumar las tarifas individuales que se pagan los días festivos, teniendo en cuenta el número de pasajeros movilizados y los trayectos recorridos.
Decreto 622 de 1986 →In force
Article 2
Las Empresas Que Presten Servicio Intermunicipal De Transporte Quedan Autorizadas Para Realizar, Durante Los Días De Elecciones, Viajes Especiales Para La Movilización De Electores Dentro De Las Zonas Urbanas O Rurales En Las Que Esté Permitido El Tránsito De Personas
Decreto 622 de 1986 · Por el cual se garantiza el servicio de transporte durante los días de elecciones
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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