OFICINAS DE PERSONAL O QUIEN HAGA SUS VECES DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, COMANDO GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES, COMANDO DEL EJÉRCITO, COMANDO DE LA ARMADA, COMANDO DE LA FUERZA AÉREA Y LA DIRECCIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL. Las Oficinas de Personal o quien haga sus veces del Ministerio de Defensa Nacional, Comando General de las Fuerzas Militares, Comando del Ejército, Comando de la Armada, Comando de la Fuerza Aérea y la Dirección de la Policía Nacional serán las encargadas de cumplir los deberes enunciados en el artículo 10 del presente Decreto, con respecto al personal en servicio activo.
Article 83
Oficinas De Personal O Quien Haga Sus Veces Del Ministerio De Defensa Nacional, Comando General De Las Fuerzas Militares, Comando Del Ejército, Comando De La Armada, Comando De La Fuerza Aérea Y La Dirección De La Política Nacional
Decreto 1301 de 1994 · por el cual se organiza el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional y del personal regido por el Decreto-ley 1214 de 1990, con excepción de aquél que se vincule a partir de la vigencia de la Ley 100 de 1993
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