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Article 2

Adicionar En El Capítulo 87 Del Arancel De Aduanas, La Siguiente Nota Complementaria Nacional: Nota Complementaria Nacional 2

Decreto 2498 de 2010 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se hace una inclusión en la lista de bienes de capital definida en el artículo 1° del Decreto 2394 de 2002.

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°. Adicionar en el Capítulo 87 del Arancel de Aduanas, la siguiente Nota Complementaria Nacional: NOTA COMPLEMENTARIA NACIONAL 2. En la subpartida 8703.21.00.10 se entiende por "cuatrimotos utilitarias" los vehículos que cumplan las siguientes características técnicas: "- Asiento para un solo pasajero. - Sin carrocería y sin cabina. - Cuatro ruedas. - Tracción en las cuatro ruedas (4X4). - Doble diferencial. - Transmisión trasera tipo cardán (la potencia se transmite a las ruedas mediante ejes y no mediante cadenas). - Marcha atrás. - Manillar tipo motocicleta con dos empuñaduras, donde se integran los controles. - Sistema de dirección del tipo de los usados en los vehículos automóviles (principio de Ackerman). - Un dispositivo de enganche (para remolque o herramientas agrícolas). Neumáticos con labrado profundo, diseñado específicamente para circular por terrenos de difícil acceso. - Capacidad de tracción suficiente para tirar o empujar un peso superior o igual al doble de su propio peso en vacío".

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Constitutional history

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